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LOS AVANCES LEGALES MÁS DESTACADOS DEL DÍA |
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Por Juan Fernando Puerta– Equipo Corporativo Empresarial |
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Finalizó el segundo periodo del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica decretada por el Presidente de la República. |
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El pasado 6 de mayo de 2020, el Presidente de la República declaró por segunda vez la emergencia económica, social y ecológica en todo el territorio nacional con ocasión a la expansión del Covid-19. Esta vez, el Presidente volvió a decretar la emergencia por un periodo de 30 días calendario contados a partir de la entrada en vigor del decreto correspondiente, quedando nuevamente facultado de forma excepcional para dictar decretos con fuerza de ley destinados exclusivamente a conjurar la crisis económica y a impedir la extensión de sus efectos. Durante este segundo periodo de emergencia económica, el Gobierno Nacional emitió un total de 42 decretos con fuerza de ley que cubrieron temas como la justicia, servicios públicos, turismo, transporte, empleo e insolvencia. A pesar de la terminación de la segunda emergencia económica, el aislamiento preventivo obligatorio sigue vigente hasta el 1 de julio de 2020 y la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social hasta el 31 de agosto del 2020.
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Los procesos de reorganización y liquidación serán ahora más simples. |
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Por medio del Decreto Legislativo 722 del 3 de junio de 2020, el Gobierno Nacional estableció ciertas medidas especiales en materia de procesos de insolvencia con el fin de mitigar los efectos de la emergencia social, económica y ecológica en el sector empresarial. Esta nueva norma modifica algunos aspectos del régimen de insolvencia actual, añade mecanismos para proteger la empresa y el empleo, al incluir un proceso de reorganización abreviado y de liquidación simplificado.
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En los procesos judiciales se van a implementar tecnologías de la información. |
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Por un periodo de dos años se aplicarán las medidas creadas por el Gobierno Nacional para implementar las tecnologías en las actuaciones judiciales con el fin de agilizar los procesos judiciales que han estado detenidos por varios meses. La decisión del Gobierno busca implementar tecnología en las actuaciones para agilizar los diferentes tipos de procesos, flexibilizar la atención a los usuarios, y la reactivación económica de actividades que dependen de la justicia.
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Las SAS podrán emitir títulos representativos de deuda en el mercado público de valores. |
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Por medio del Decreto Legislativo 817 de 2020 el Gobierno Nacional autorizó a las sociedades por acciones simplificadas (SAS) para que puedan obtener recursos a través de la emisión de títulos representativos de deuda en el mercado público de valores, con el objetivo de otorgarles herramientas para enfrentar la emergencia económica.
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El sector turismo goza de nuevos beneficios para enfrentar la crisis económica. |
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Se ha decidido por parte del Gobierno Nacional suspender temporalmente y hasta el 31 de diciembre de 2020 el pago de la sobretasa o contribución especial en el sector eléctrico de que trata el parágrafo 2 del artículo 211 del Estatuto Tributario para los prestadores de servicios turísticos.
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Solicitudes de reembolso para espectáculos públicos e Incentivos para las actividades culturales. |
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El Gobierno Nacional estableció ciertas reglas en los casos en que los productores de espectáculos públicos de las artes escénicas de que trata la Ley 1493 de 2011 y los operadores de boletería con autorización vigente otorgada por el Ministerio de Cultura, reciban solicitudes de retracto, desistimiento y otras situaciones relacionadas con el reembolso o la devolución por la venta de boletería. Adicionalmente, el Gobierno Nacional indicó que los estímulos públicos culturales otorgados por parte del Ministerio de Cultura y las diferentes entidades territoriales responsables de la cultura, no estarán sujetos a retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta.
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Protección especial para el sector agropecuario: medidas favorecen a los trabajadores y productores. |
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Con el propósito social de facilitar la recuperación de los pequeños y medianos productores que han sido afectados por la emergencia y de promover la estabilidad financiera en el campo colombiano, el Banco Agrario Colombia S.A. y el Fondo de Financiamiento del Sector Agropecuario-FINAGRO, están autorizados a celebrar convenios de recuperación y pago durante la emergencia sanitaria.
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Nuevas reglas para la operación de los juegos de suerte y azar. |
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El Gobierno Nacional expidió el Decreto 808 de 2020 diseñando un conjunto de medidas que buscan, por un lado, establecer ciertas disposiciones para la operación de los juegos de suerte y azar en el marco del COVID-19 y, por otro lado, incrementar los recursos para el sector salud en Colombia.
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Beneficios para estratos 1 y 2 en el pago de facturas por servicios públicos. |
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Los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo, energía eléctrica y gas combustible por redes quienes presten estos servicios podrán diferir por un plazo de 36 meses el cobro de las facturas, por concepto de cargos fijos y consumo a los usuarios residenciales de los estratos 1 y 2, sin que pueda trasladarle al usuario final ningún interés o costo financiero por el diferimiento del cobro.
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Beneficios para el sector minero energético en el marco de la emergencia económica. |
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El Ministerio de Minas y Energía ha establecido unas pautas para brindar apoyo financiero a pequeños mineros y mineros de subsistencia con el fin de fortalecer su actividad productiva. A este fin, se establece la posibilidad para el Ministerio de celebrar convenios con entidades financieras para destinar recursos de su presupuesto de inversión con el fin de que se otorguen líneas de crédito y garantías a favor de los pequeños mineros y los mineros de subsistencia.
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