| | MEDIDAS Y EFECTOS CAMBIARIOS |
| Por Cristina Román Gaitán – Equipo Cambiario, Inversiones Internacionales Y Derivados Financieros
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| La Bolsa de Valores de Colombia (BVC) y la fintech Contrato Marco, anunciaron un acuerdo para utilizar tecnología Blockchain, para mejorar la eficiencia operativa en el mercado de derivados sobre el mostrador (OTC). Se espera que en 2021, se reduzcan los costos de crédito y se otorguen mejores plazos.
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| | | | LOS AVANCES LEGALES MÁS DESTACADOS DEL DÍA |
| Por Juan Fernando Puerta– Equipo Corporativo Empresarial |
| | Se adoptan disposiciones especiales para San Andrés, Providencia y Santa Catalina. |
| Con el fin de atender los efectos del paso del huracán IOTA, el Gobierno Nacional declaró la situación de desastre departamental en el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y sus cayos, por un término de doce meses prorrogables hasta por un periodo igual. Durante este término se aplicará el régimen normativo especial para situaciones de desastre y calamidad pública contemplado en el Capítulo VII de la Ley 1523 de 2012 y las mercancías que ingresen en calidad de auxilios que se adquieran para ser destinados a las acciones de respuesta a la emergencia, la rehabilitación, reparación o reconstrucción de las áreas afectadas tendrán el tratamiento aduanero especial previsto en los artículos 204 y 391 del Decreto 2685 de 1999 y sus normas concordantes.
| Colombia reglamenta el impuesto a los dividendos y participaciones. |
| El Gobierno Nacional reglamentó las disposiciones previstas en la última reforma tributaria relacionadas con el impuesto a los dividendos y participaciones. Entre los principales aspectos objeto de reglamentación se encuentra el tratamiento para los dividendos distribuidos a sucesiones liquidas y personas naturales residentes, así como los distribuidos a sociedades, entidades y personas naturales no residentes, a partir del primero de enero de 2020, con cargo a utilidades generadas a partir del primero de enero de 2017. Encuentre aquí las demás disposiciones relevantes de esta reglamentación.
| Modificaciones en el proceso de radicación de propuestas de concesión minera. |
| La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado declaró la nulidad de unos apartes de los artículos 2 del Decreto 935, 7 de la Resolución 299 de 2012 y 6 de la Resolución 391 de 2013, por medio de los cuales se establecía un término de 3 días hábiles para la presentación de documentos soporte desde el momento en el que se radica una propuesta de contrato de concesión minera, so pena de rechazarse dicha propuesta. En adelante, para radicar una propuesta de concesión se deberá aplicar el procedimiento subsidiario previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Como consecuencia de lo anterior, la administración tiene la obligación de requerir al peticionario dentro de los diez días siguientes a la fecha de radicación para que complete los requisitos o documentos faltantes en el término máximo de un (1) mes.
| Nuevas líneas de crédito para microempresas. |
| El Gobierno Nacional lanzó las nuevas líneas de crédito denominadas “Colombia Responde” y Línea iNNpulsa para microempresas, como mecanismos para facilitar la reactivación de los diferentes sectores económicos. Por un lado, la Alcaldía de Ibagué y Bancóldex diseñaron una solución de crédito preferencial dirigida al mantenimiento de la liquidez de las empresas de la región mientras se supera la coyuntura actual, con las siguientes condiciones: (1) el monto del cupo será de aproximadamente cinco mil ciento veinte millones de pesos; (2) la vigencia del cupo será hasta el agotamiento de los recursos aportados por la Alcaldía de Ibagué; y (3) los beneficiarios serán las personas naturales y jurídicas consideradas como micros y pequeñas empresas con domicilio principal en la ciudad de Ibagué. Por su parte, El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a través de iNNpulsa Colombia y Bancóldex, diseñaron una nueva solución de crédito preferencial con destino a la reactivación económica de las microempresas con un cupo de aproximadamente setenta y ocho mil millones de pesos.
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