| Estimado suscriptor: en este boletn presentamos el nmero 3 de nuestra publicacin especializada LA LEY MEDIACIN Y ARBITRAJE. A continuacin, podr encontrar tambin el contenido habitual del Diario La Ley. Especial LA LEY Mediacin y Arbitraje n 3 | | Sumario El Diario La Ley cede hoy parte de su espacio a la Revista especializada La LEY mediacin y Arbitraje, una publicacin de actualidad jurdica sobre mtodos alternativos de solucin de controversias. Pueden acceder al sumario completo del contenido del nmero 3. |
| LTIMA HORA | La mediacin brinda a las empresas un instrumento eficaz de competitividad y sostenibilidad en la resolucin de sus conflictos Rafael Catal Presidente del Centro Espaol de Mediacin (CEM) La Cmara de Comercio de Espaa ha creado el Centro Espaol de Mediacin (CEM), una nueva institucin que nace con el objetivo de ser un referente de mediacin en Espaa. Este nuevo Centro ofrece a los operadores econmicos un servicio de mediacin basado en los ms altos estndares de independencia, profesionalidad, transparencia y eficiencia, as como una va gil, confidencial y alternativa de resolucin de disputas civiles y mercantiles entre empresas. |
| Comentario de urgencia al Ley 9/2020, de 31 de julio, de modificacin del Libro II del Cdigo Civil de Catalua y de la Ley 15/2009 de Mediacin en el mbito del Derecho Privado(*) Pascual Ortuo Presidente de la Seccin 12 de la Audiencia Provincial de Barcelona A pesar de que algunos titulares de prensa han destacado como novedad de esta Ley la introduccin de obligatoriedad de la mediacin familiar como requisito previo para el ejercicio de las acciones judiciales en esta materia, la realidad que se desprende de su articulado no es esa. El autor analiza en este texto las verdaderas novedades que introduce esta reforma. | El Tribunal Constitucional advierte acerca de la incorrecin que supone la aplicacin maximalista e indiscriminada del concepto del orden pblico en el desarrollo de la funcin de control judicial del laudo. Sentencia de la Sala Primera del Tribunal Constitucional, de 15 de junio de 2020(*) Gonzalo Stampa Abogado, Socio fundador de Stampa Abogados. rbitro internacional La presente decisin supone un apoyo relevante al arbitraje en nuestro ordenamiento jurdico, en un momento, cuando menos, delicado, provocado por una excesiva anulacin de laudos en un breve espacio de tiempo, sobre la base de una apreciacin constante —mayor de la deseable— de la quiebra de la causal de orden pblico durante el desarrollo del procedimiento. |
| TRIBUNA | Significado institucional de las Cortes de Arbitraje de base asociativa Jos Fernando Merino Merchn Letrado de las Cortes y del Consejo de Estado (exc.) El artculo tiene por finalidad distinguir entre las cortes de arbitraje de carcter corporativo (cmaras, colegios, etc…) de las de base asociativas. Las primeras son creadas mediante una norma jurdica o bien por medio de un acto de autoridad; las segundas encuentran su razn de ser en la libertad de los ciudadanos en el ejercicio del derecho fundamental de asociacin. El autor se centra en el estudio de estas ltimas, resaltando sus diversas etapas histricas, su naturaleza y funciones, as como su responsabilidad por su funcionamiento normal o anormal en el ejercicio de sus actividades de arbitraje y/o mediacin. |
| La sumisin del Estado y de los entes estatales al arbitraje Luis Felipe Castresana Abogado del Estado (exc.) La sumisin del Estado y de los Entes Pblicos que forman parte del mismo al arbitraje est aceptada en el mbito del arbitraje internacional, dentro del arbitraje de inversin desde la firma por Espaa del Tratado de Washington, y en el arbitraje comercial, cuando el mismo sea internacional, de acuerdo con la Ley Espaola. Sin embargo, en materia de arbitraje comercial domstico, El Estado, sus Entes y las Administraciones Pblicas en general son en principio contrarios a la utilizacin del arbitraje como medio de resolucin de conflictos en sus relaciones con los ciudadanos. Aunque la Ley Espaola —al revs que la Ley Francesa— permite el acceso al arbitraje a cualquier persona fsica o jurdica en pleno ejercicio de sus derechos, y por tanto tambin a las personas jurdicas pblicas, sin embargo es por razn del objeto, donde surge la primera limitacin para el Estado y sus entes, puesto que el arbitraje ha de tener por objeto materias disponibles, y los bienes y de rechos de contenido econmico que constituyen la Hacienda Pblica no son disponibles ms que bajo muy estrictas condiciones. De otra parte, el sometimiento del Estado y de las Administraciones Pblicas al denominado Bloque de la Legalidad que se vertebra por el respeto al orden jerrquico de las normas legales debidamente aprobadas, la presuncin de legalidad y de certeza de que gozan los actos administrativos y la existencia de una jurisdiccin tutelar especfica del Estado y de sus Entes en su actuacin frente a los ciudadanos —la Jurisdiccin Contencioso-administrativa—, hacen muy difcil la entrada del arbitraje en las relaciones del Estado con los particulares. No obstante, cabe sealar cinco categoras diferentes de supuestos, que van de la absoluta inarbitrabilidad a la arbitrabilidad aceptada, as como una autorizacin legislativa, heredada de la Ley 30/1992, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Comn y que pervive en la que le ha sustituido, Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Comn —que deroga la anterior— y que constituye una puerta entreabierta a la aceptacin por las Administraciones de alguna clase de arbitraje. | El arbitraje como cuestin de Estado Juan Carlos Calvo Corbella Asesor General para Asuntos Jurdicos de Urbaser, S.A. Abogado del Estado (exc.) Investigacin de las razones por las que el arbitraje, asunto de Estado, no constituye equivalente funcional frente a la jurisdiccin. El Estado como organizacin del Poder en una comunidad poltica. Poder de creacin y Poder de aplicacin del Derecho. Jurisdiccin como Poder de ejecucin de las leyes mediante rganos permanentes, imparciales, sometidos al Derecho, cuya aplicacin controlan realizando la Justicia. Justificacin de la aplicacin del Derecho por los rbitros. Las decisiones arbitrales no son revisables. Las actuaciones arbitrales no garantizan la eficacia de la Ley. Reconocimiento legal del arbitraje como manifestacin de las Libertades de los particulares. La subordinacin legal del arbitraje frente a la judicatura lo desnaturaliza como mecanismo de solucin de conflictos. El control jurisdiccional del arbitraje y la supremaca del Derecho de la Unin Europea por los Tribunales de justicia de la UE acentan las limitaciones del arbitraje. Raz poltica ltima del p roblema. Tensin dialctica entre la libertad de los particulares y el Poder pblico. Arbitraje como instrumento cualificado de medicin de la Libertad en una comunidad poltica. La participacin del Estado y de sus nacionales en la economa-mundo, el libre comercio y las inversiones internacionales requieren la utilizacin del arbitraje. Tratados bilaterales, multilaterales y arbitraje. Iniciativa de los organismos supranacionales de los que Espaa forma parte. Necesidad de perfeccionar el rgimen legal de la solucin de conflictos entre arbitraje y jurisdiccin. Reforma de la excepcin declinatoria. Necesidad de extender la aplicacin del arbitraje ampliando la materia arbitrable en el mbito de las actuaciones de los poderes pblicos. Aplicacin a la contratacin pblica en general y en sectores especiales. |
| Renuncia a la accin de anulacin del laudo arbitral Mara Luisa Garca Blanco Abogado del Estado (exc) La renuncia a la accin de anulacin del laudo arbitral implicara desconocer el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva de las partes (art. 24 CE), pues una vez creado por el legislador tal remedio procesal, el mismo pasa a formar parte del contenido del derecho a la tutela y a ostentar as carcter irrenunciable. Adems, si en un procedimiento de anulacin del laudo, las partes renunciaran a su accin, debiera guardarse por el Tribunal correspondiente, la necesaria proporcionalidad entre el respeto debido al orden pblico y el principio de justicia rogada. | Autoejecucin en blockchain de la mediacin en la Empresa Familiar para garantizar su enforcement Cristina Argelich Comelles Profesora Doctora de Derecho civil, acreditada a Profesor Contratado Doctor. Universidad de Cdiz El presente trabajo pretende abordar las potencialidades que plantea la tecnologa blockchain para autoejecutar acuerdos en la Empresa Familiar, especialmente los contenidos en el Protocolo Familiar como mecanismo preventivo o autocompositivo del conflicto. A estos efectos, se examinar la aplicacin de la tecnologa blockchain a instrumentos de mediacin preventiva, como el Estatuto de la Empresa y el Corporate Compliance, as como a la mediacin autocompositiva. Finalmente, se analizar la aplicacin de las principales plataformas, Blockchain y Ethereum, al Protocolo Familiar, para su adhesin o personalizacin. |
| ESTUDIOS | Hacia la creacin de tribunales transnacionales para las familias transnacionales: el ejemplo de la responsabilidad parental Gian Paolo ROMANO Catedrtico de la Universidad de Ginebra El presente estudio aborda la posibilidad de ofrecer a los miembros de las familias transnacionales el acceso a tribunales transnacionales, tanto arbitrales, como judiciales. Con ello no slo se reducir la sustraccin y el traslado ilcito internacional de los menores sino, de manera ms general, disminuirn los conflictos dentro de las familias transnacionales. El hecho de ofrecer la posibilidad de acceso a un tribunal supraestatal, donde ambos progenitores estn representados por igual, que refleje las dos identidades geogrficas, culturales, lingsticas y, a veces, religiosas de la familia, elimina situaciones dramticas y la penalizacin para los que tratan de reanudar el dilogo con el propsito de alcanzar una solucin concertada. La multinacionalidad del tribunal propicia esencialmente la prevencin de los litigios contribuyendo con ello a la desconflictualizacin y desjurisdiccionalizacin de las relaciones humanas. Y ello en beneficio no slo para el inters superior de l menor, sino tambin en inters de los padres y de las comunidades involucradas. |
| La mediacin en los conflictos societarios en la empresa familiar Jos Mara Roj Buqueras rbitro. Abogado. Socio. CMS Albiana & Surez de Lezo La mediacin constituye un sistema alternativo de resolucin de conflictos (ADR) basado en la participacin voluntaria de las partes en un proceso estructurado y confidencial, con la intervencin de uno o ms mediadores, independientes y neutrales, sin autoridad para imponer un acuerdo. Las empresas familiares pueden someter sus controversias a mediacin con el fin de beneficiarse de un procedimiento libremente elegido, flexible, no agresivo y de bajo coste, para tratar de alcanzar un acuerdo voluntario para resolver sus conflictos, acuerdo de mediacin que puede incluir no solo aspectos de la controversia jurdica y que ser ejecutable en los tribunales. Los conflictos societarios de negocios familiares pueden tener mejor solucin en un procedimiento de mediacin que en una reclamacin judicial, fundamentalmente porque ello permite considerar aspectos de las dos dimensiones del conflicto, las cuestiones familiares y las de negocio. La Ley 5/2012, de mediacin en asuntos civiles y mercantiles, ser probablemente modificada en un futuro prximo con el objetivo de desarrollar e impulsar la mediacin, particularmente en materias como los conflictos de socios. | Extensin del convenio arbitral a no firmantes: el acogimiento en Espaa de una prctica comparada Jess Campo Candelas Profesor Asociado de Derecho Procesal. Universidad de Alicante Como regla general, solo las partes que han suscrito un convenio arbitral estn vinculadas por el mismo y podrn ser llamados al arbitraje; sin embargo, existen algunos casos excepcionales en los que un tercero puede ser parte del procedimiento arbitral. El propsito de este estudio es aproximarnos a la doctrina de la extensin subjetiva de los efectos del convenio a no firmantes y su tratamiento en el Derecho comparado y en nuestro pas, donde la jurisprudencia viene reconociendo, de manera progresiva, la posibilidad de extender los efectos del sometimiento arbitral a terceros, siembre que concurran determinadas circunstancias. | DECISIONES ARBITRALES | Sigue habiendo espacio en el arbitraje de inversiones para las objeciones jurisdiccionales basadas en la naturaleza intra-UE de la controversia? Comentario sobre la opinin disidente del rbitro M.G. Kohen en el asunto Adamakopoulos y otros c. Chipre(*) Iigo Iruretagoiena Agirrezabalaga Profesor Agregado de la Universidad del Pas Vasco (UPV/EHU) La opinin disidente del rbitro M.G. Kohen en el asunto Adamakopoulos y otros c. Chipre pone de manifiesto que el debate en torno a la pertinencia de las objeciones jurisdiccionales basadas en la naturaleza intra-UE de las disputas en el arbitraje de inversiones, en contra de la impresin que podra uno extraer de la prctica arbitral que de forma sistemtica las rechaza, no se encuentra definitivamente cerrado ni superado. El razonamiento empleado para fundamentar su opinin disidente resulta de gran inters y revela la necesidad, por un lado, de adecuar los argumentos de los tribunales arbitrales a las circunstancias concretas de cada controversia y, por otro, de refinar la motivacin de las decisiones arbitrales dada la complejidad de la cuestin. Todo ello, con la vista puesta en el proceso de ratificacin, aprobacin o aceptacin del Acuerdo para la Terminacin de los Tratados Bilaterales de Inversin entre los Estados miembros de la Unin Europea, que vendr a redise ar por completo el escenario en el que se desarrolla este debate. |
| REGULACIN | Modificacin del libro segundo del Cdigo civil de Catalua, relativo a la persona y la familia, y de la Ley 15/2009, de mediacin en el mbito del derecho privado El BOE de 15 de agosto de 2020 public la Ley 9/2020, de 31 de julio, de modificacin del libro segundo del Cdigo civil de Catalua, relativo a la persona y la familia, y de la Ley 15/2009, de mediacin en el mbito del derecho privado, que tiene como objetivo fomentar la mediacin y evitar que la falta de informacin y el desconocimiento de este medio de resolucin alternativo de conflictos incline preferentemente a las partes y a los profesionales a recurrir a la va litigiosa. |
| Acuerdo para la terminacin de los tratados bilaterales de inversin entre los Estados miembros de la Unin Europea El DO de 29 de mayo de 2020 publica el Acuerdo para la terminacin de los tratados bilaterales de inversin entre los Estados miembros de la Unin Europea, suscito por 23 Estados miembros. Dicho acuerdo entr en vigor el 29 de agosto de 2020, de conformidad con su art. 16, ap. 1. | JURISPRUDENCIA ESPAOLA Y EXTRANJERA | La obligacin de informar de las entidades de resolucin alternativa de litigios en las condiciones generales de contratacin Francisco Miguel Bombillar Senz Profesor Titular de Derecho Administrativo La mejor doctrina ha puesto de manifiesto algunos de los problemas jurdicos que suscita la resolucin de litigios en lnea en materia de consumo y, en particular, la adaptacin del Derecho espaol al marco europeo de resolucin alternativa (ADR) y en lnea (ODR)(1). Un marco normativo por el que el legislador europeo pretende promover la resolucin extrajudicial de litigios de consumo dando respuesta a la litigiosidad asociada al incremento del comercio electrnico (y no electrnico), as como facilitar la cristalizacin de un verdadero mercado comn europeo, estimulando el comercio transfronterizo y reforzando la confianza (tambin la e-confianza)(2) de los consumidores(3) en el contexto de las transacciones electrnicas. |
| Condicin de institucin arbitral del Comit Jurisdiccional de la Real Federacin Espaola de Ftbol y anulacin de un laudo pronunciado por sta por indefensin Vctor Bonnn rbitro internacional, miembro del panel de rbitros del Tribunal de Arbitraje Deportivo El Tribunal Superior de Justicia de Madrid declara la nulidad de la Resolucin dictada con fecha 21 diciembre 2018, por el Comit Jurisdiccional de la Real Federacin Espaola de Ftbol en el Expediente 16/2018 Temporada 2018-2019, dejando sin efecto dicho laudo | Revocacin de una sentencia de instancia que desestim la efectividad y el cumplimiento de un laudo arbitral por apreciar la excepcin de cosa juzgada Rafael Hinojosa Segovia Profesor Titular de Derecho Procesal La Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 19 de febrero,estima parcialmente un recurso de apelacin contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia n.o. 58 de Madrid que desestim una demanda para la efectividad y cumplimiento de lo establecido en laudo dictado el 12 noviembre 2001, aclarado el 28 noviembre 2001, por apreciar la excepcin de cosa juzgada. | Desestimacin de declinatoria por sumisin a arbitraje por superar la clusula de sumisin a arbitraje el control judicial Mara Carmen Barrn Lpez Abogada. Responsable del departamento jurdico del grupo inmobiliario Nederval La Audiencia Provincial de Barcelona, en el Auto de 22 abril 2020 confirma el auto de un Juzgado de Primera Instancia de Barcelona que declar la falta de competencia objetiva de este rgano judicial para conocer del asunto controvertido, teniendo en cuenta la existencia de una clusula de sumisin a arbitraje que cumple las condiciones incorporacin y transparencia. | Del nico fruto sano del manzano podrido o sobre el convenio arbitral que sobrevive al contrato nulo que lo cobija, de se fue el ltimo tren o la renuncia tcita a las facultades de impugnacin y de cuestiones sentadas hasta la saciedad o la naturaleza de la accin de anulacin y el orden pblico Ixusko Ordeana Gezuraga Profesor Titular Derecho Procesal Al hilo de la Sentencia del Tribunal Superior del Pas Vasco de 23 abril 2020 que resuelve accin de anulacin contra laudo arbitral, se comenta la argumentacin ofrecida por el mentado tribunal para desestimar las tres causas de anulacin alegadas: convenio arbitral inexiste o invlido (art. 41.1.a) LA), resolucin de cuestin no sometible a arbitraje (art. 41.1.c) LA), e infraccin del orden pblico (art. 41.1.f) LA), por resolucin arbitraria del rbitro y no motivar el laudo arbitral. Incide el autor en la renuncia tcita a las facultades de impugnacin que se ordena en el arbitraje (art. 6 LA) por ser una cuestin que aborda la sentencia, bien a instancia de parte, como de oficio. | Cronologa de decisiones Seleccin de las resoluciones ms destacdas dictadas recientemente por nuestros Tribunales. | Primera anulacin de un laudo de proteccin de inversiones por el Tribunal Federal de Suiza Enrique Linares Rodrguez Stampa Abogados. Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid La presente Sentencia tiene por objeto objeto resolver la solicitud de anulacin del laudo dictado en el caso CPA No. 2015-30, entre Clorox Espaa S.L y la Repblica Bolivariana de Venezuela el 20 de mayo de 2019. Adems de su impacto estadstico, el gran inters de la Sentencia radica en la interpretacin extensiva que realiza el Tribunal Federal del trmino inversin previsto en el Acuerdo para la promocin y proteccin recproca de inversiones firmado entre Espaa y Venezuela el 2 de noviembre de 1995 (APPRI Espaa-Venezuela), an a riesgo de no mitigar la posibilidad de treaty shopping por parte de nacionales de terceros Estados. | Novedades jurisprudenciales sobre el uso de Cortes estadounidenses para obtener pruebas a ser utilizadas en arbitrajes extranjeros Camille R. Rieber(*) Abogado en Venezuela y California La posibilidad de que una corte en Estados Unidos preste ayuda, con facultades coercitivas, para obtener pruebas a ser usadas en arbitrajes conducidos en otros pases, puede ser un sueo o una pesadilla, dependiendo de la persona a la que se le pregunte. La interpretacin que de esta facultad podra hacer prximamente la Corte Suprema de los Estados Unidos determinar el grado de potencial americanizacin de las pruebas ante la posible (e indeseable) importacin de tediosos procedimientos de discovery probatorios al arbitraje o, en cambio y como consideramos deseable, el uso racional y constructivo del apoyo o auxilio judicial al arbitraje. | ACTUALIDAD PROFESIONAL | La Dispute Adjudication/Avoidance Board (DAAB) como mtodo alternativo de resolucin de conflictos en los nuevos modelos FIDIC para contratos de construccin internacionales Alejandro Santos Prncipe Profesor Asociado de Derecho Mercantil, Doctorando en la Escuela Internacional de Doctorado En 2018 la Federacin Internacional de Ingenieros y Consultores (FIDIC) public las nuevas ediciones de sus modelos para contratos de construccin. Entre las novedades ms significativas se encuentran las relacionadas con los mtodos internos para la resolucin de controversias, en especial la llamada Dispute Adjudication Board (DAB), que ha pasado a ser llamada Dispute Adjudication/Avoidance Board (DAAB). Estas modificaciones tienen la intencin de perfeccionar las herramientas de las que disponen las partes para solucionar y evitar los conflictos que surgen durante la elaboracin de los proyectos, y tambin aclarar algunos puntos oscuros de las anteriores versiones que provocaban ciertos desequilibrios en el contrato. |
| La Asociacin Europea de Arbitraje crea un Comit de expertos en Industria del Deporte y Entretenimiento La Asociacin Europea de Arbitraje ha creado en enero de 2020 un Comit de Expertos en Industria del Deporte y Entretenimiento, un sector en plena expansin en la economa espaola y que representa el 2,4 por ciento del Producto Interior Bruto (PIB) nacional y se prev que siga creciendo en la prxima dcada hasta alcanzar el 4 por ciento de la Unin Europea (UE). | La Cmara de Comercio de Espaa crea el Centro Espaol de Mediacin bajo la presidencia del exministro de Justicia, Rafael Catal El Comit Ejecutivo de la Cmara de Comercio de Espaa ha aprobado el 19 de junio de 2020 la creacin del Centro Espaol de Mediacin (CEM), que nace con vocacin de ser una institucin de mediacin empresarial de referencia. El impacto de la crisis ocasionada por el COVID-19 hace ms necesario que nunca poner a disposicin de las empresas un servicio de mediacin independiente, eficiente y transparente que facilite la resolucin de controversias empresariales y ofrezca una alternativa efectiva a los tribunales de justicia. | Gua del CIAM sobre Cuantificacin de Procedimientos Arbitrales, aprobada por el Pleno en sesin del 11 de marzo de 2020 El Centro Internacional de Arbitraje de Madrid (CIAM) es el resultado de la fusin de la actividad internacional de la Corte de Arbitraje de Madrid, la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje y la Corte Espaola de Arbitraje, a la que tambin se ha sumado el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid como socio estratgicoya una realidad con la llegada de 2020. ElCentro es ya una realidad y entre los documentos de funcionamiento que ha producido para su gestin figura la Gua Sobre Cuantificacin de Procedimientos Arbitrales, aprobada por el Pleno en sesin del 11 de marzo de 2020. | Reglas de Corte Civil y Mercantil de Arbitraje para las audiencias de pruebas testificales y periciales por medios audiovisuales, de 8 de abril de 2020 La Corte Civil y Mercantil de Arbitraje ha elaborado unas Reglas para la llevanza de las audiencias de pruebas testificales y periciales en aquellos arbitrajes cuya administracin se le encomiende. En su elaboracin la Corte ha tenido en Cuenta la experiencia acumulada a lo largo de estos aos, as como las opiniones de expertos en tcnicas y sistemas audiovisuales y de rbitros internacionales. Tambin ha considerado las pautas contenidas en el Protocolo de Sel. Con ello la CIMA contina ofreciendo a la comunidad arbitral los servicios que mejor se acomoden a los nuevos tiempos en su deseo irrenunciable de adaptarse a los mismos y a las exigencias de los usuarios en un mundo donde las nuevas tecnologas ofrecen, a la par que un reto, claras oportunidades de mejora y de progreso. | La Corte de Arbitraje del ICAM articula un procedimiento de arbitraje de urgencia para la resolucin de controversias surgidas en las relaciones negociales como consecuencia del Covid-19 Con la finalidad de coadyuvar a la solucin de la infinidad de conflictos que la aplicacin del estado de alarma ha provocado en el desarrollo de las relaciones negociales de toda ndole, el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), a travs de su Corte de Arbitraje, ha articulado el presente procedimiento de arbitraje de carcter urgente y sumario, a travs del cual las partes pueden ver resueltas sus controversias en un breve plazo y a un coste razonable, siendo necesario para ello el acuerdo de las partes para someter su controversia a este arbitraje aun cuando en la relacin negocial de que se trate no existiera un previo convenio arbitral. | Acuerdo del Comit Espaol de la CCI con la Cmara de Comercio de Madrid La Cmara de Comercio, Industria y Servicios de Madrid estrecha sus lazos con la Cmara de Comercio Internacional con el objetivo de aunar esfuerzos en el apoyo a la internacionalizacin empresarial. Esto es posible gracias al acuerdo alcanzado entre el presidente de la Cmara de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, ngel Asensio y el presidente del Comit Espaol de la Cmara de Comercio Internacional, Sebastin Escarrer. | El espaol se ha convertido en uno de los tres idiomas oficiales del Tribunal Arbitral del Deporte, a partir de 1 de julio de 2020 El Consejo Internacional de Arbitraje del Deporte (CIAS por sus siglas en francs), rgano de gobierno del Tribunal Arbitral del Deporte (TAS en sus siglas en francs), ha aprobado adoptar al espaol como uno de los idiomas oficiales de los procedimientos arbitrales del TAS. El espaol ser ahora uno de los tres idiomas de trabajo del TAS, junto al francs y al ingls, con ello se reconoce la importancia creciente de este idioma en el mundo del arbitraje deportivo. | NOTICIAS SOBRE MEDIACIN Y ARBITRAJE | Open de Arbitraje 2020: Apostando por la tecnologa y la innovacin Este ao el evento se desarrollar de forma ntegramente virtual, con un formato nico e innovador nunca visto hasta la fecha. El Congreso tendr lugar los das 7 y 8 de octubre en horario de 15,30 a 19,30 h. |
| Quinto Congreso de la Abogaca de Barcelona en formato 100% online El 29 de junio de 2020, el ICAB inaugur el 5 Congreso de la Abogaca de Barcelona en formato 100% online. Estas conferencias se desarrollaron hasta el 3 de julio. Se organizaron un total de 45 conferencias gratuitas con ms de 175 ponentes con un amplio abanico de propuestas formativas sobre las diferentes reas del Derecho, que cuentan con ms de 5.600 inscripciones. |
| Jornada en el ICAM sobre Arbitraje en Europa y en Amrica Latina (29 junio 2020) El 29 de junio de 2020 se celebr en el Saln de Actos del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid una sesin dedicada al Arbitraje en Europa y en Amrica Latina y que fue transmitida digitalmente va streaming. | Clausura del curso de Verano Universidad de Alcal 2020 (edicin virtual): Madrid: punto de encuentro del arbitraje internacional entre Espaa y Amrica latina, patrocinado por CIMA Con un webinar dedicado al Centro Internacional de Arbitraje de Madrid, se clausur el 3 de julio de 2020 el Curso de Verano de la Universidad de Alcal dedicado a Madrid: punto de encuentro del arbitraje internacional entre Espaa y Amrica latina, dirigido por la profesora Ana Fernndez Prez, profesora de Derecho internacional de esa Universidad. El curso, de desarroll entre los das 29 de junio y 3 de julio y estuvo patrocinado por la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje. | El CGPJ y la Abogaca renuevan su compromiso para colaborar en la implantacin de la mediacin como va complementaria para resolver conflictos El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, ha firmado con la presidenta del Consejo General de la Abogaca Espaola (CGAE), Victoria Ortega, un convenio de colaboracin cuya finalidad es promover en toda Espaa el desarrollo de la mediacin intrajudicial como medio complementario para la solucin de conflictos. | Bernando Cremades se incorpora al Comit de Expertos sobre Industria del Deporte y del Entretenimiento de AEA El recin creado Comit de Expertos sobre Industria del Deporte y del Entretenimiento creado por la Asociacin Europea de Arbitraje (AEA), que rene a casi ochenta profesionales relevantes, acaba de recibir un importante impulso con la incorporacin de Bernardo Cremades, una de las figuras ms relevantes del arbitraje comercial. Dicha integracin deja patente que la industrial del deporte y del entretenimiento ser una de las ms activas para el arbitraje en el futuro, especialmente en el entorno en lengua castellana. | El libro Relaciones transfronterizas, globalizacin y Derecho. Homenaje al Prof. Dr. Doctor Jos Carlos Fernndez Rozas incluye un amplio repertorio de estudios en torno al arbitraje y la mediacin Coincidiendo con su jubilacin, acadmica, un grupo de colegas, amigos y antiguos discpulos, cualidades muchas veces compartidas, han preparado una extensa obra homenaje al profesor Jos Carlos Fernndez Rozas, cuando inicia una nueva etapa en su vida, presidida por la misma ilusin que puso cuando desempe su ctedra de Derecho internacional privado en la Universidad de Len (1982), en la de Oviedo (1982-1987) y en la Complutense de Madrid (1987-2020) | ____________________________________ | DIARIO LA LEY, 9704, de 25 de septiembre de 2020 | DOCTRINA | Luces y sombras de la mediacin penal Daniel Montesdeoca Rodrguez Abogado. Profesor Asociado Doctor de Derecho Penal En el presente trabajo se realiza un recorrido sobre el concepto y fundamentos de la mediacin penal. Se incide en la necesidad de no perder la referencia de su gnesis como tcnica de justicia restaurativa, debiendo ser entendida como complemento al sistema penal, obviando por tanto la idea de tcnica de resolucin de conflictos alternativa, ofreciendo adems, la explicacin de la particular posicin que ocupa en nuestro ordenamiento jurdico. |
| TRIBUNA | El exequatur. Regulacin actual Ana Rodrguez Mesa Juez Sustituta adscrita al Tribunal Superior de Justicia de Andaluca El objetivo del presente trabajo es llevar a cabo un anlisis de los aspectos ms destacados de la regulacin sobre el reconocimiento y ejecucin de resoluciones judiciales extranjeras contenida en la Ley 29/2015, de 30 de julio, de cooperacin jurdica internacional por la que quedaron derogados los artculos de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881, as como el tratamiento jurisprudencial que desde la regulacin anterior hasta la actualidad lo han ido conformando. |
| Violencia domstica habitual sobre menores Adoracin Amigo Rodrguez Juez sustituta adscrita al Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha La violencia domstica habitual sobre los menores es una cuestin que causa gran preocupacin, plantendose en este trabajo la evolucin que ha experimentado nuestro ordenamiento jurdico en relacin con la proteccin de los menores de edad, con el fin de salvaguardar tanto su integridad fsica como psquica, especialmente en el mbito familiar, analizando el artculo 173.2 del Cdigo Penal, donde se regula este tipo delictivo y as como la jurisprudencia aplicable a este supuesto. |
| COMENTARIOS DE JURISPRUDENCIA | No todo lo que parece, es ajuar domstico a los efectos del Impuesto de Sucesiones Rafael Fernndez Valverde Magistrado de la Sala Tercera del Tribunal Supremo Comentario a la STS 499/2020 sobre determinacin, a efectos de la presuncin que establece el artculo 15 de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones, sobre valoracin del ajuar domstico qu elementos o bienes deben entenderse incluidos dentro del concepto de ajuar domstico. |
| LA SENTENCIA DEL DA | Es posible la adopcin de un ERTE por fuerza mayor y descuelgue de convenio simultneamente Aunque la inaplicacin del convenio, prevista para los despidos colectivos, no est expresamente contemplada para los ERTES, nada en la legislacin vigente impide dicha negociacin simultnea, siempre que se cumplan estrictamente los requisitos. |
| JURISPRUDENCIA | Imposibilidad de sancionar a una persona por infraccin de trfico y al mismo tiempo por identificacin falsa Vulneracin del principio non bis in idem, pues no puede asumirse la incongruencia de tramitar un procedimiento y sancionar a la encartada y, al mismo tiempo, asumir que est mintiendo y que ella no tiene responsabilidad en esos hechos. |
| Quebrantamiento de condena en situacin de permiso penitenciario Cuando lo que se quebranta es una condena a pena privativa de libertad y en la medida en que el permiso penitenciario o el rgimen forma parte del cumplimiento de la pena, lo quebrantado es una pena privativa de libertad, siendo la penalidad a imponer la privativa de libertad. |
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