Si comprobamos que los conejos están causando daños en nuestros cultivos, en los brotes que empiezan a nacer, conviene iniciar cuanto antes las actuaciones encaminadas a reclamar la merma de producción que pueda darse a la hora de recoger el producto o cosecha 1.- ¿a quién reclamar? Hay que reclamar al propietario o al titular de los derechos de aprovechamiento cinegético del terreno acotado, es decir al titular del coto de caza (art. 4 de la ley de caza de Castilla y León). Para poder comprobar esta titularidad conviene pedir un certificado a la Consejería de Medio Ambiente acerca de la titularidad y del tipo de animales que dicho coto tiene como aprovechamiento cinegético. 2.- ¿quién puede reclamar? Podrá reclamar los daños el agricultor a quién se les hayan causado, ya sea propietario, poseedor , cultivador o arrendatario de las tierras; debiendo acreditar en cada caso esta condición de propietario o cultivador mediante escrituras de propiedad o mediante contrato de arrendamiento o aparcería de las mismas. 3.- ¿cómo pruebo la existencia de los daños?..........
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