| | & | MINCIT | | Decreto 881 de 2020 | & | | |
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| | | | | Se suspende por 6 meses la obligación en cabeza de las Comercializadoras Internacionales de exportar las mercancías dentro del plazo de seis meses; se permite el traslado de algunas mercancías en puertos y/o depósitos, y cuyo término de almacenamiento no haya vencido, a otros depósitos habilitados públicos o privados, o a un usuario de zona franca, y se facilita el régimen de tráfico postal y envíos urgentes.
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