El régimen de Precios de Transferencia es aplicable a aquellos contribuyentes que lleven a cabo operaciones durante un periodo fiscal con entidades vinculadas localizadas en el exterior y/o zona franca, y con terceros independientes o vinculados económicos localizados en jurisdicciones de baja o nula imposición, regímenes no cooperantes o preferenciales. La Ley 1819 de 2016 introdujo cambios importantes en este régimen, en línea con las acciones 8,9,10 y 13 de la iniciativaBase Erosion Profit Shifting (“BEPS”) de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (“OCDE”)... |