| | | | LOS AVANCES LEGALES MÁS DESTACADOS DEL DÍA |
| Por Juan Fernando Puerta– Asociado Senior
|
| El Gobierno Nacional ordenó el aislamiento preventivo obligatorio para toda Colombia desde el 25 de marzo y hasta el 13 de abril de 2020, suspendiendo, entre otras actividades, el transporte aéreo doméstico. Las sanciones por incumplimiento son multas y/o pena de prisión. Con el objeto es cubrir necesidades de recursos para la atención en salud, los efectos generados a la actividad productiva y para que la economía continúe en condiciones que mantengan el empleo y el crecimiento, se creó el Fondo de Mitigación de Emergencias -FOME- del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Se ordenó reconectar inmediatamente el servicio de acueducto a suscriptores suspendidos por el término de la emergencia sanitaria. El costo de esto lo asumirán las prestadoras del servicio y no se podrá hacer incrementos tarifarios de acueducto y alcantarillado. Se celebrarán audiencias públicas en procesos de selección mediante el uso de medios electrónicos, garantizando el acceso a proponentes, entes de control e interesados, y sin necesidad de modificar los pliegos de condiciones. Por estos mismos medios y bajo ciertas condiciones, se puede adquirir bienes y servicios mediante selección abreviada por subasta inversa. Las entidades estatales podrán (1) adicionar sin límite de valor los contratos celebrados o a celebrar para una mejor gestión de la emergencia; (2) hacer uso de la contratación de urgencia; (3) Usar instrumentos de agregación de demanda; (4) suspender procesos de selección y revocar actos de apertura. En materia tributaria, el Gobierno Nacional autorizó a gobernadores y alcaldes para reducir tributos territoriales. También otorgó una exención transitoria del IVA a algunos insumos médicos para combatir el Covid-19 tales como nebulizadores, monitores de signos vitales, aspiradores de secreciones, ventiladores, etc. Cualquier venta de estos productos debe reportarse a la DIAN por medio de una certificación de revisor fiscal. El Consejo Superior de la Judicatura suspendió términos judiciales hasta el 12 de abril de 2020 con excepción de acciones de tutela y Habeas Corpus que se deben presentar a través de medios electrónicos. Por su parte, el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, implementará mecanismos electrónicos para procedimientos arbitrales. Por 6 meses se prohíbe la exportación de varios productos como el alcohol etílico, elementos para desinfectar, máscaras de protección, guantes, papel higiénico, prendas para cirugía y antirradiaciones, electrocardiógrafos, instrumentos electro-médicos y aparatos respiratorios. Sin embargo, se otorga un arancel del 0% a importaciones de nación más favorecidas de medicamentos para uso humano, elementos de aseo y prendas antirradiaciones. Habrá vigilancia exhaustiva para evitar la especulación o acaparamiento de alimentos y medicinas. | | | |
|
|
| |
|