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LOS AVANCES LEGALES MÁS DESTACADOS DEL DÍA |
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Por Juan Fernando Puerta– Equipo Corporativo Empresarial
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La importancia del transporte público en medio de la emergencia sanitaria. |
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En el marco de la emergencia sanitaria generada por el COVID-19, y con el fin de garantizar el servicio público de transporte y asegurar el acceso a la salud y el abastecimiento de la población, el Ministerio de Transporte adoptó una serie de medidas dentro de las cuales se incluyen (1) la creación del Centro de Logística y Transporte; (2) restricciones a la movilidad y la prestación del servicio de transporte público y (3) disposiciones económicas para el sector transporte y su infraestructura asociada.
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Colombia permite acuerdos entre competidores de la industria del transporte. |
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El Centro de Logística y Transporte tendrá la facultad de aprobar acuerdos de sinergias logísticas eficientes y acuerdos entre competidores en el sector de carga, cuando dichos acuerdos creen sinergias logísticas eficientes. Esta posibilidad sólo se aplicará mientras continúe vigente el estado de emergencia.
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En medio de la crisis, el Gobierno Nacional lanza un salvavidas para la industria aeronáutica. |
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El Ministerio de Transporte adoptó varias medidas para alivianar la carga de la industria aeronáutica. Una de las más relevantes es que, durante la emergencia sanitaria y hasta un año después de su finalización, las aerolíneas podrán reembolsar y compensar a los pasajeros con millas, tiquetes aéreos, bonos y cualquier otro servicio de la empresa aérea. Igualmente, se les suspenderá el cobro de cánones de arrendamiento de los espacios comerciales ubicados en los aeropuertos operados y administrados por la Aeronáutica Civil.
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No se puede desalojar a los huéspedes de vivienda turística. |
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La Alcaldía de Bogotá instó a los prestadores del servicio de vivienda turística abstenerse de desalojar a los usuarios que se encuentren en condición de vulnerabilidad por el no pago del hospedaje. Claro está que esto no exime del pago por el hospedaje y sólo será válido por el tiempo del aislamiento obligatorio en la ciudad.
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El tratamiento de datos personales no requiere autorización previa. |
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La Superintendencia de Industria y Comercio aclaró que los operadores de telefonía móvil y las entidades privadas pueden suministrar los datos personales que sean necesarios para atender, prevenir, tratar y/o controlar la propagación del COVID-19. En estados de emergencia sanitaria, no se requiere autorización para tratar datos personales cuando las entidades públicas los requieran.
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¿Cuáles son las medidas que pueden tomar los empleadores con sus trabajadores? |
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El Ministerio de Trabajo señaló que durante la emergencia sanitaria los empleados tienen, entre otras, la posibilidad de retirar sus cesantías y solicitar vacaciones con 1 día de anticipación. Por su lado, los empleadores pueden otorgar vacaciones acumuladas, anticipadas o colectivas, notificándoles sobre las mismas con 1 día de anticipación. En algunas industrias se podrá aplazar el pago de los parafiscales.
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Se garantiza la libre circulación de funcionarios para garantizar servicio de electricidad. |
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El Ministerio de Minas y Energía aclaró que las actividades que estarían incluidas en las excepciones a la restricción de libre circulación son las de los servidores públicos y contratistas del Estado que sean estrictamente necesarias para garantizar el funcionamiento de los servicios indispensables, tales como la operación, mantenimiento, almacenamiento y abastecimiento de la prestación de servicios de energía eléctrica.
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